Archivo por categorial: Seguro de vida y pensiones
Escrito por Lorena el 16 noviembre, 2009

Este es un seguro de accidentes creado para mejorar las coberturas que el seguro de coches puede brindar y pudiendo ser un complemento al seguro de vida o cualquier otro.
Amic Seguros ofrece este Seguro de Accidentes Conduce Seguro, ofreciendo coberturas y garantías como:
- Garantiza un capital de 42.000 € en Seguros Generales S.A., ante el Fallecimiento o Invalidez Absoluta y Permanente del conductor por accidente de circulación con el vehículo designado.
- El asegurado es innominado, de forma que no hay que designarlo previamente, ya que lo será quien conduzca el vehículo.
- Este es un Seguro ideal para familias o situaciones en las que un vehículo es conducido indistintamente por varias personas ya que, cualquiera de ellas, se encontrará cubierta en caso de fallecimiento o invalidez absoluta y permanente a partir de un accidente de circulación con el vehículo designado.
Una de las ventajas es que, dicho seguro bonifica a los mutualistas de AMIC aportándoles una cobertura de 60.000 € por igual precio: 27 €/año.
La póliza tiene un precio fijo de 27 € /año.
Se lo puede contratar por parte de cualquier persona mayor de 18 años, siempre que esté en posesión del permiso de conducción.
En tanto que la persona asegurada será quien conduzca el vehículo en el momento del accidente, según lo establecen las Condiciones Generales y Particulares de la Póliza.
En cuanto al límite de edad, puede ser contratado por mayores de 18 años. La edad límite de aseguramiento es hasta los 75 años.
Es un seguro anual renovable. Es contratado para una anualidad, que se irá renovando tácitamente si no se comunica lo contrario, hasta la edad límite de cobertura.
Además de ser compatible con cualquier otro seguro. Dado esto la indemnización a percibir se acumularía a cualquier otra que pueda tener contratada. No pudiéndose contratar más de una póliza de este producto para un mismo asegurado.

Escrito por Lorena el 13 noviembre, 2009

Así como existen los seguros de vida por enfermedades, también existen los seguros de accidentes, que son los que cubren cualquier tipo de eventualidad que pueda pasarle a partir de un accidente.
MGC ofrece su Seguro de Accidentes, para que los asegurados tengan la tranquilidad de contar con una cobertura que los asistirá en caso que les suceda algo.
Este Seguro de Accidentes de la Mútua, le garantiza una indemnización económica en caso de fallecimiento o lesiones a causa de un accidente (con doble capital en caso de invalidez permanente absoluta).
A-V Accidentes le garantiza:
Capital asegurado en caso de defunción.
Además de manera complementaria y opcional, se puede asegurar:
- Un capital adicional en caso de muerte como consecuencia de accidente de circulación;
- Un capital en caso de invalidez permanente absoluta
- Un porcentaje del capital garantizado por invalidez permanente y absoluta en caso de invalidez permanente parcial.
Es importante destacar, que no habrá período de carencias para gozar de sus beneficios. La edad máxima de contratación es de 65 años.
Algunos dudan, sobre si la cobertura también se da sobre accidentes de circulación. Les informamos que sí, y que se entiende por accidente de circulación el accidente que es consecuencia de la circulación de un vehículo cuando el asegurado:
- Como peatón, sufre las lesiones causadas por un vehículo.
- Conduce o es pasajero de un vehículo terrestre en movimiento
- Es pasajero de un medio de transporte público de personas, aéreo, marítimo o fluvial, legalmente autorizado.
No obstante, no será indemnizable por este seguro ningún accidente que sufra la persona protegida en estado de perturbación mental, debidamente comprobada mediante las pruebas periciales pertinentes.
En caso de fallecimiento del asegurado, la indemnización será cobrada por el beneficiario designado por el asegurado. De no existir designación expresa, la Mútua reconocerá como beneficiario a la persona o personas que se señalan a continuación y por el orden excluyente que se indica: el cónyuge que conviva con el causante; sus hijos por partes iguales o los nietos en representación de algún hijo prefallecido; sus padres, si conviven con él, por partes iguales; sus herederos legales.
Exclusiones:
No seran indemnizables los accidentes ocurridos en los siguientes supuestos:
- Los que sufra la persona protegida en estado de perturbación mental, debidamente comprobada mediante las pruebas periciales pertinentes.
- Los derivados de la práctica de deportes realizada profesionalmente, la práctica de artes marciales, lucha o boxeo, deportes aéreos, travesías de glaciares, escaladas, alpinismo, espeleología, pesca submarina, inmersión con aparatos de ayuda respiratoria, equitación, ciclismo, caza, así como los denominados deportes de aventura.
- Los derivados de la embriaguez o intoxicación por el uso de estupefacientes.
- En caso de lucha o pelea, excepto en caso probado de legítima defensa.
- En caso de intervención en actos notoriamente peligrosos no justificados por necesidad profesional.
- Como consecuencia de guerra, revolución, motín o acontecimientos similares.
- A causa de terremotos u otros fenómenos que sean calificados de carácter catastrófico por los organismos administrativos competentes.
Edad de contratación: La inscripción y la ampliación de los capitales garantizados, se podrá solicitar desde los 14 hasta los 65 años.
Duración de la cobertura: La cobertura cesará al finalizar el año natural en el cual la persona protegida cumpla los 70 años de edad.
Extensión del derecho a la prestación: La indemnización prevista para el supuesto de defunción causada por accidente será satisfecha tanto si ésta se produce inmediatamente después del accidente, como si, a consecuencia de éste, se produce dentro del plazo de una año después de haber sucedido.
Revalorización: Los importes de los capitales asegurados y de las cuotas aumentarán anualmente para compensar las variaciones del IPC.
Los interesados, podrán obtener información detallada de la cobertura y datos para contacto, ingresando a la página Web de Mútua.

Escrito por Lorena el 11 noviembre, 2009

BBVA ha puesto a disposición un seguro de vida el cual se denomina Vida Senior y ofrece coberturas por el fallecimiento del titular, sin importar cual fuere la causa.
Dentro de los seguros de vida, es una cuestión importante la edad del contratante. Ya que no todas las compañías, ofrecen oportunidades de contratación para gente mayor de cierta edad. Este producto se destaca, por ir un poco más allá, ya que la edad de contratación de este seguro es desde los 65 hasta los 70 años y se puede mantener hasta los 75 años, diferenciándose de otros en cuanto a este punto.
Otra de las ventajas, es que brinda cobertura en el deceso, se hace cargo de las facturas que correspondan a los servicios funerarios hasta 3.606,07.
También Incluye una cobertura especial ante el caso de producirse un fallecimiento para atender descubiertos en Cuenta corriente, Visa y Eurocard del grupo BBVA de hasta 3.606,07 €.
Pueden pinchar en este link y asesorarse sobre las coberturas de los seguros de BBVA, incluyendo Vida Senior.

Escrito por Lorena el 31 octubre, 2009

Si se piensa que la actividad de las amas de casa no puede implicar ningún riesgo, se está equivocando, ya que ellas también han de necesitar un seguro de accidentes y Santalucía así como cuenta dentro de su cartera de productos con seguro de vida, vida riesgo también ha pensado en las posibilidades que tienen de sufrir un accidente las amas de casas.
El ama de casa puede verse expuesta a ciertos riesgos que a simple vista no lo son en su ámbito familiar.
Coberturas Básicas:
- Fallecimiento por accidente.
- Protección especial en caso de fallecimiento por accidente simultáneo del asegurado y de la segunda persona que se designe.
- Capital adicional en caso de fallecimiento por actos violentos, como robo, secuestro o agresión.
- Capital adicional en caso de fallecimiento por accidente en el hogar.
- Invalidez permanente parcial por accidente.
- Subsidio diario por hospitalización por accidente.
Asistencia en viaje:
Además de los riesgos más comunes también existe el factor distancia, por lo que contar con coberturas y garantías, podrán hacer del viaje mucho más seguro.
El Seguro de Santalucía ofrece cobertura ante estas posibilidades:
- Desplazamiento y gastos de estancia de un acompañante en caso de tener que haber una hospitalización del asegurado.
- Asistencia a la familia del asegurado.
- Regreso anticipado.
- Localización de equipajes y reembolso de gastos.
- Anulación de viaje, demora o pérdida de conexiones.
- Envío de documentos y objetos personales olvidados.
- Gastos médicos de urgencia y de repatriación sanitaria en caso de enfermedad o accidente graves ocurridos en el extranjero.
- Servicio de trámites administrativos, intérprete y depósito de fianza para hospitalización fuera de nuestro país.
- Prolongación de estancia en hotel.
- Envío de médicos y medicamentos al extranjero.
- Anticipo de fondos por accidente, enfermedad o robo en el extranjero.
- Anticipo de fianza judicial y honorarios de abogado en el extranjero.
- Servicio de información para viajes al extranjero.
- Información asistencial y mensajes urgentes.
- Traslado internacional y gastos del acompañante por fallecimiento en el extranjero.
Precio estimado por módulos de capital asegurado:
Capital Básico Asegurado: 30.000, 60.000, 90.000, 120.000, 150.000 con Prima Anual de 118,74 – 173,26 – 227,77 - 279,09 - 330,42, respectivamente.
Incluye las coberturas básicas y las de asistencia y protección jurídica exclusivamente con una suma asegurada para subsidio por hospitalización de 30 € diarios.
Asistencia sanitaria:
Traslado en ambulancia en caso de enfermedad o accidente que hayan ocurrido en España.
Segunda opinión médica, para recibir otro diagnóstico o confirmar el primero.
Cirugía plástica.
Primera prótesis en el caso de ser: ortopédica, acústica, dental u óptica.
Asesoramiento médico telefónico, por medio de la Central de Alarma de Santalucía Asistencia.
Asistencia domiciliaria ante inmovilización después del período de una estancia hospitalaria.
Protección jurídica integral:
Santalucía también brinda los especialistas y medios que el asegurado pueda necesitar para resolver ante temas legales. Ofreciendo garantías especiales para amas de casa, y de defensa ante reclamaciones del servicio doméstico. También una asistencia jurídica telefónica y poder elegir abogado y procurador.
Otra de las ventajas reside en poder contratar un Capital adicional en caso de producirse fallecimiento por accidente de circulación o invalidez por accidente. Fallecimiento por infarto agudo de miocardio o por accidente vascular cerebral. Fallecimiento del cónyuge por accidente.
Aquellas amas de casa que deseen contratar este seguro pueden ingresar a la página Web de Santalucía Seguros.

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