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CASER Seguros Vida Empresas


Caser Seguros ofrece una completa gama de seguros de vida y jubilaciones colectivos, que las empresas pueden contratar en favor de sus empleados, otorgándoles un incentivo laboral que les asegura su futuro, y el de su familia en caso de fallecimiento. A continuación, hacemos una descripción de cada uno de ellos:

1. Seguro Colectivo de Vida Temporal Anual Renovable:

Se contrata mediante una prima anual, que puede fraccionarse y lógimamente es un gasto deducible del impuesto a las rentas de la empresa. Ofrece cobertura por

  • Fallecimiento por cualquier causa.
  • Invalidez permanente absoluta.
  • Incapacidad permanente total para la profesión habitual
  • Fallecimiento por accidente (doble capital).
  • Fallecimiento por accidente de circulación (triple capital).
  • Invalidez permanente absoluta por accidente (doble capital).

2. Colectivo de Accidentes:

Este seguro cubre básicamente:

  • Riesgo de muerte.
  • Riesgo de invalidez permanente absoluta.

Y opcionalmente:

  • Gastos de asistencia sanitaria.
  • Riesgo de invalidez permanente parcial.
  • Invalidez temporal.

3. Colectivo de Jubilación:

La contratación de este seguro le da la posibilidad a los asociados de cobrar un capital o una renta vitalicia o temporal a partir de la edad de jubilación, siempre y cuando el asegurado viva. Esta cobertura se puede ampliar para:

  • Fallecimiento por cualquier causa.
  • Invalidez permanente absoluta.
  • Incapacidad permanente total para la profesión habitual.

Las primas en este caso también son periódicas y permiten fraccionamiento, pero además pueden ser constantes o crecientes (lineales o acumulativas).

4. Rentas inmediatas:

El seguro de Rentas Inmediatas permite garantizar la percepción de una renta mensual, de forma temporal o vitalicia, mediante un único pago de prima en el momento de contratación de la póliza. Este seguro cubre el pago de una renta de periodicidad anual, semestral, trimestral o mensual, y constante o creciente de forma lineal o acumulativa mientras el asegurado viva. En caso de fallecimientoes permite a los herederos cobrar la renta contratada.

5. Plan de Previsión Social:

Este es un seguro de vida – ahorro colectivo que tiene como finalidad complementar los ingresos que se perciben de la Seguridad Social, tanto para el caso de jubilación, invalidéz o fallecimiento. Estos planes favorecen a los empleados otorgándoles beneficios a futuro y a la empresa, en cuanto las aportaciones no tributan en la Seguridad Social y son deducibles en el impuesto a la renta de sociedades. Además, la rentabilidad de estos fondos no tributa  hasta el momento de percibir las prestaciones.

Esta información se puede ampliar contactando a un representante de la aseguradora, o concurriendo a una sucursal. En su página web, solapa atención al cliente, se puede obtener el listado de oficinas para atención al público.

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